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Normas que no favorecen, y cuando lo hacen, las derogan
Escrito por César A. Luque F.
Miércoles, 01 de Agosto de 2012 16:06

Ministerio del Trabajo reversó mandato sobre acoso laboral. Otra vez engañados

A veces quisiera creer los anuncios que hace el gobierno, pero la realidad me lo impide, obligándome a escudriñar desde el campo del saber en el que me muevo, el jurídico, las decisiones gubernamentales, como ocurrió en estos días con el Ministerio del Trabajo, dirigido por dos ex candidatos liberales, presidencial Rafael Pardo, y a la alcaldía David Luna, vistos por algunos sindicalistas como amigos de los trabajadores, cuando no pasan de ser unos demagogos, como ha quedado demostrado, que usan esa entidad pública para hacer capital político, no a partir del trabajo en pos de los menos favorecidos, sino sobre mentiras y anuncios grandilocuentes que no quedan en nada.

Al principio del año, Pardo Rueda expidió la Resolución No. 652 de 2012, por la cual fue reglamentadoel tema del acoso laboral, ordenando a entidades públicas y empresas privadas crear un Comité de Convivencia, que ya había tenido presencia tangencial en la ley 1010 de 2006, mandatos que podían parecer demasiados derechos para los trabajadores, por lo que de manera rápida el Ministerio los modificó por medio de la Resolución No. 1352 de 2012, quitándoles los pocos dientes que esas normas tenían, quedando convertido el Comité en un hazmerreír, como viene pasando con los derechos laborales.

Legalmente fue definido el acoso laboral, buscando eliminarlo del puesto de trabajo, donde debe primar la armonía, creando mecanismos jurídicos contra empleadores o sus representantes que lo cometieran, fijando que autoridades lo conocerían (Inspectores de Trabajo, Jueces Laborales y Ministerio Público), y el régimen probatorio, obstáculo para el ejercicio de esa acción. Así quedaron contempladas las competencias de los llamados comités bipartitos, sin poder vinculante, desarrollados insuficientemente en la Resolución No. 2646 de 2008.

Por la Resolución No. 652 de 2012 se ordenó crear un Comité de Convivencia en todos los centros de trabajo, así: se debía organizar un Comité en cada centro de trabajo, cuando la entidad o empresa tuviera dos o más centros, uno central y otro por cada centro, los que deberían quedar integrados el 31 de julio, conformados por un número igual de representantes de trabajadores y empleador, con suplentes, a razón 1 por 10 o menos trabajadores, de lado y lado; 2 entre 11 y 50 trabajadores; 3 entre 51 y 500 trabajadores; y 4 por 501 o más trabajadores. Los representantes de los trabajadores deben ser elegidos por voto secreto, para un periodo de dos años, debiéndose reunir el Comité mensualmente, pudiendo ser sancionados los empleadores que no lo crearan.

Sin entrar en vigencia la norma, el Ministerio decidió reversar su decisión, no creo libremente, sino muy seguramente por presión de la clase empresarial. Así expidió la Resolución No. 1352 de 2012, ampliando el plazo para integrar el Comité hasta el 31 de diciembre, el que muy pocas empresas habían hecho. También modificó su integración, reduciéndolo a 2 representantes y suplentes por los trabajadores e igual número por el empleador, el que puede ampliar el número, y donde haya 20 o menos trabajadores será un solo miembro.

Lo más vergonzoso fue que se ordenó ahora la creación de un solo Comité por empresa, no como estaba consagrado por centro de trabajo. Pero eso no fue todo. Se agregó un parágrafo que estableció que los trabajadores privados solamente podrán presentar quejas de acoso laboral a los Inspectores de Trabajo, derogación ilegal de la ley 1010, la que permite ir a los Inspectores y a los Jueces Laborales, a elección del afectado, mandato que por ilegal puede ser demandado ante el Consejo de Estado, por acción de simple nulidad.

La frecuencia de las reuniones del Comité, dejó de ser mensual para que ahora sea cada tres meses, cuatro reuniones por año, demostrando esta norma una vez más, que muchas normas que nos muestran como beneficiosas terminan siendo apenas demagógicas, cuando no arrebatadoras de nuestros derechos, esos por los que todos los días debemos luchar. Los ejemplos recientes son varios. Uno es la ley del primer empleo, que lo único para lo que ha servido es para derogar los artículos 74 y 75 del Código Sustantivo del Trabajo, que establecían garantías para que no entraran tantos trabajadores extranjeros al país, protegiendo al trabajador nacional, como pasa en casi todos los países del mundo. Los efectos ya se ven, como en Cerro Matoso, donde una empresa contrata trabajadores chinos, en detrimento de nuestros nacionales. La denuncia la hizo Sintracerromatoso (http://www.sintracerromatoso.org/).

Otra norma que no pasa de ser un engaño fue el decreto No. 019 de 2012, conocido como antitramites, por el que se derogó el artículo 26 de la ley 361 de 1997, que protegía a los trabajadores enfermos profesionalmente, que por la estabilidad laboral reforzada no podían ser despedidos sin permiso del Ministerio del Trabajo, ahora innecesario, ya que si el empleador argumenta causa justa para el despido, no lo requiere. Que forma de acabar los trámites, para dejar desamparados a quienes han dedicado gran parte de su vida a prestarle sus servicios a una empresa, y enfermo, sin ningún panorama laboral, son echados a la calle, totalmente desprotegidos. ¿Será responsabilidad social empresarial?

En últimas este gobierno, contrario a lo que muchos ingenuos creen, ha sido incluso hasta más arrasador de los derechos de los trabajadores que el anterior, quedando demostrado que los demagogos del Partido Liberal que manejan el Ministerio del Trabajo, han mostrado que esa nueva entidad, no le sirve a los trabajadores, sino que está al servicio de los más retardatarios empleadores, no de otra manera actuaría como actúa todos los días, bajo la mirada a veces pasiva de gran parte de los trabajadores y las organizaciones sindicales, que para honrar la memoria de grandes luchadores como María Cano, Ignacio Torres Giraldo, Raúl Mahecha y Jaime Pardo Leal, y muchos otros, no deben abandonar el camino de la denuncia y la protesta, buscando dejar a las generaciones futuras, trabajo en condiciones dignas y justas.

NOTA: Reconfortante la celebración de los 30 años de SINALTRAINAL, en un foro de gran altura académica y política, recordando a los compañeros caídos. Larga vida a la lucha, diciendo como su himno “Alimentos al mundo hay que dar, Pero en forma clasista y filial, Adelante, ni un paso atrás,Unidos todos con Sinaltrainal”

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Directivos sindicalizados reintegrados
Directivos sindicalizados reintegrados

El Comité de Reclamos USO-ECOPETROL S.A., de la Gerencia Refinería de Barrancabermeja, en fallo de primera instancia, el pasado 2 de mayo de 2013, ordenó el reintegro del compañero NELSON RODRIGUEZ , directivo sindicalizado, quien fuera despedido por la administración de la refinería por enviar unos correos supuestamente irrespetuosos a sus superiores jerárquicos. Sin perjuicio de lo importante del reintegro del compañero, debo resaltar la celeridad con la que actuó el comité para sacar adelante el fallo, en los términos convencionales (menos de 90 días). El trabajo de los compañeros OLIVO CHAPARRO y MARLIO ESTRADA, fue impecable durante las sesiones de dicho comité.

Seguramente, como es su costumbre, ECOPETROL S.A. buscará ante Bucaramanga la anulación del fallo, por lo que el trabajador deberá reintegrarse, sin perjuicio de la decisión de segunda instancia. Así mismo reposa en el Juzgado Único de Barrancabermeja la demanda del compañero por violación del fuero sindical.

Este fallo coincide con el reintegro que fallara el comité de reclamos de la USO en Cúcuta, que permitió el reintegro del también directivo sindicalizado JAIME HUMBERTO PARADA quien hubiese despedido en agosto de 2012 sin justa causa. Muy bien por el comité de reclamos de la USO- SUO.

Por último, dada a nuestra estrategia jurídica, impedimos el despido del compañero JOSE LUIS SALAS, directivo sindicalizado de CASABE a quién se le iba a cargar la irresponsabilidad administrativa del acabose de un puesto de trabajo que condujo al derrame de más de 1500 bls de crudo que posteriormente fueron recuperados.

Estos tres casos, son un emblema importante que demuestra que estar en la USO tiene una gran importancia y que la administración de ECOPETROL también le viola los derechos laborales a los mal llamados “directivos”.

Seguimos luchando contra los despidos sin justa causa en ECOPETROL S.A. desde el punto de vista patrimonial y sin duda debemos incluir en nuestro próximo pliego, la recuperación de la estabilidad laboral.

Con ello, reitero la invitación para que los mal llamados directivos, se afilien masivamente a la organización sindical en defensa de sus derechos y atiendan las directrices y llamados de la organización sindical.

Cordial saludo,

EDWIN PALMA EGEA
Presidente USO Barrancabermeja  
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